Se les
reclama a las autoridades la omisión de traducir y difundir todas las
determinaciones y medidas relacionadas con la contingencia sanitaria relativas
al Covid-19, en lenguas indígenas
El
Juzgado Octavo de Distrito en Oaxaca ordenó traducir y difundir en lengua
zapoteca, las medidas preventivas que
deberán adoptar los habitantes de esos lugares, ante la contingencia provocada
por el Covid-19, tras una demanda de
amparo promovida por Litigio Estratégico Indígena.
La
vicepresidenta de esta asociación civil, explicó que promovieron la demanda de
amparo para que todas las determinaciones, acuerdos, declaratorias y medidas
relacionadas con la contingencia sanitaria del coronavirus se traduzcan a la
lengua zapoteca de la Sierra Norte de
los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Oaxaca
Así
como para que todas las determinaciones que se emitan con relación a la
contingencia sanitaria que actualmente se vive en México, sean traducidas a
esta lengua.
En la
demanda fueron señaladas como autoridades responsables el Presidente
Constitucional de México, el Secretario de Salud, el Presidente del Consejo de
Salubridad General y el Director General del Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas.
A
estas autoridades se les reclama la omisión de traducir y difundir todas las
determinaciones, acuerdos, declaratorias y medidas relacionadas con la
contingencia sanitaria relativas al coronavirus Covid-19, en lenguas indígenas.
El
pasado viernes 10 de abril de 2020, el Juzgado Octavo de Distrito en Oaxaca, en
el juicio de amparo 301/2020 concedió una suspensión de plano para efecto de
que: “las autoridades responsables provean las medidas necesarias para que, por
los medios oficiales existentes, se traduzcan y difundan a la lengua zapoteca
de las comunidades de Oaxaca las medidas preventivas que deberán adoptar los
habitantes de esos lugares, con motivo de la contingencia provocada por el
virus SARS-Cov2, Covid-19”.
En la
suspensión se requirió a las autoridades responsables para que dentro del plazo
de 24 horas, informaran las gestiones que están implementando para dar cumplimiento
a la suspensión dictada por dicho juzgado y en caso de incumplimiento se les
impondrá una multa de 30 a 300 Unidades de Medida y Actualización vigente.
“Esto
no tendríamos que hacerlo nosotros, porque debería de ser una obligación de las
autoridades de nuestro país realizar lo que estamos reclamando, pero es obvio
que, si las autoridades se vuelven omisas, alguien tiene que hacerles ver
cuáles son sus obligaciones con la ciudadanía”, expresó Mariana Yáñez.
La
abogada explicó que debido a omisiones de distintas autoridades de país,
Litigio Estratégico Indígena se vio en la necesidad de promover demandas de
amparo para combatir omisiones de autoridades tanto municipales, estatales y
federales.
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