El
abogado litigante decidió dejar en 178 páginas un mensaje: el litigio puede
cambiar el mundo
En
plena pandemia, el abogado Carlos Morales decidió recopilar y rehacer apuntes
elaborados a lo largo de 20 años. Abrió las cajas donde guardaba copias de
algunos expedientes de casos que a su juicio eran relevantes. La pandemia le
dio el tiempo para elaborar su testimonio bibliográfico. Aparte de las
innumerables conferencias y clases que impartió por plataformas remotas,
decidió dejar en 178 páginas un mensaje: el litigio puede cambiar el mundo. Por
eso escribió el libro Litigio Estratégico para el cambio social en México.
Algunas reflexiones y algunos casos.
Carlos
Morales nació en el Istmo de Tehuantepec. Estudió en la Universidad Autónoma
Benito Juárez de Oaxaca. Cuando tenía 28 años resultó vencedor en un concurso
de oposición nacional: “se inscribieron 1 500 abogados y quedamos 33”. Su
primera adscripción como defensor público federal del Poder Judicial de la
Federación fue en su natal Salina Cruz. Ahí en su tierra observó por primera
vez el choque entre derecho de los pueblos indígenas y el derecho positivo, es
decir, el derecho que construye el gobierno central con la cultura de las
personas indígenas.
“Me
tocó defender a personas indígenas zapotecas que estaban presas por practicar
su costumbre: por cazar iguanas, por recoger huevos de tortuga, por derribar un
árbol para hacer carbón.” Dice mientras sacude copias de aquellos viejos
expedientes.
“El
derecho penal siempre ha sido un instrumento de control estatal. En aquellos
años, a fines de los 90, la situación de las personas indígenas era de
invisibilización a pesar que seis años antes un puñado de indígenas chapanecos se
levantaron en armas para decirle al gobierno “voltéennos a ver”.
Poco
después, en el año 2001, los acuerdos de San Andrés serían constitucionalizados
—con regateos— y el artículo 2º constitucional se convertiría en el
papel, el catálogo de derechos indígenas.
Dice
Carlos Morales que siempre que hay un problema social en México el Estado en
vez de atender el problema social crea una ley y con esa actividad normativa
piensa que el problema social queda resuelto.
Explica:
“ante la lamentable situación de violencia contra las mujeres el Estado decidió
no atender la problemática y erradicar la violencia, lo que decidió fue crear
una ley contra la violencia. Lo mismo sucedió con la situación de las personas
indígenas. El estado no se avocó a resolver la situación de marginación,
exclusión y falta de oportunidades de los pueblos indígenas. Lo que hizo el
Estado fue reformar la Constitución y meter en el artículo 2º constitucional un
catálogo de derechos de los pueblos indígenas. Puro atole con el dedo. En la realidad
las personas indígenas permanecían sufriendo el racismo, la discriminación y la
exclusión”.
En
el libro publicado por la editorial del Instituto Internacional de
Responsabilidad Social en Derechos Humanos con sede en San José Costa Rica,
Carlos Morales narra los esfuerzos que como defensor público federal efectuó
para que los derechos de las personas indígenas tuvieran un anclaje en la
realidad de estos pueblos.
La
idea de que el litigio puede ser una herramienta para cambiar el mundo,
vertebra todo el libro. Por sus páginas aparecen personajes olvidados que
pusieron el cuerpo para que al cabo de largos y extensos litigios los
tribunales definieran las reglas de operación de algunos derechos que la
Constitución reconocía en el plano discursivo a los pueblos indígenas.
El
libro relata varias “primeras veces”. Cuenta cómo fue la primera vez que un
defensor de oficio llevó un caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN). A este Alto Tribunal, solo tenían acceso los Hamdan, los Fernández de
Cevallos y los Aguilar Zinser, es decir, los abogados de las grandes empresas y
de los poderosos del país. No obstante, con ingenio y astucia, logró colocar su
caso en la agenda del máximo tribunal del país. Y obtuvo su primer
resultado exitoso. La SCJN declaró inconstitucional el artículo 171 del Código
Penal Federal. Y este primer caso permitió que se replicara en mil veintiséis
ocasiones más.
La
presentación de la primera demanda de amparo en lengua indígena es un relato
inquietante. La historia trascurre en Ixcotel. En México, el menosprecio a las
lenguas indígenas es algo cotidiano.
La
primera vez que la SCJN emitió jurisprudencia sobre una persona indígena
sometida al proceso penal fue en el caso de Jorge, un joven indígena chatino.
Jorge cometió el gravísimo delito de recoger huevos de quelonio marino para
comer. Los chatinos consumen huevos de tortuga desde hace 1 500 años.
Jorge
fue defendido exitosamente por Carlos Morales. Y el máximo tribunal del país
sentó cinco jurisprudencias conocidas como “las nuevas reglas para juzgar a las
personas indígenas”. La SCJN tuvo la oportunidad de explicar quién es indígena
y quién no. Explicó qué es la especificidad cultural y quién debe investigarla.
De manera muy precisa explicó el ámbito subjetivo de aplicación. Con estas
primeras jurisprudencias el máximo tribunal del país empezó a dotar de
contenido al discurso del artículo 2º constitucional.
En
Litigio Estratégico Indígena Asociación Civil ha seguido por la senda del
litigio por el cambio social. Y ha demostrado que el juicio de amparo es un
instrumento para rescatar ríos (Caso de los ríos Salado y Atoyac) y es un
mecanismo para obligar al Congreso de Oaxaca y al Congreso de la Unión a
construir leyes de consulta indígena para dar voz a quienes nunca han tenido.
Consulte en: https://imparcialoaxaca.mx/arte-y-cultura/518557/carlos-morales-presenta-su-primera-obra-juridica/?fbclid=IwAR2Ak9ljR-WDfFs-RyIWOeYRBSH_knxsPNBnrsmJx2NYQgxt8hhLup2vVXI